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    primer juicio por fumigaciones del país

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    Mensaje por GABY Jue Ago 30, 2012 7:19 pm

    Finalmente, pasadas las 19, la Justicia dio a conocer el veredicto en el caso por las fumigaciones ilegales en el barrio Ituzaingó Anexo de la ciudad de Córdoba.

    Como se recordará, la Fiscalía solicitó la condena de tres años de prisión de cumplimiento efectivo para el aeroaplicador Edgardo Pancello, y de cuatro años para el productor, Francisco Parra. Para el tercer acusado, Jorge Gabrielli, pidió la absolución.

    Los acusados estaban imputados de violación del artículo 58 de la ley 9164 de Agroquímicos, que prohíbe la aplicación aérea de endosulfán o glifosato cerca de un sector urbano.

    Esta tarde, la Cámara 1ª del Crimen de la ciudad de Córdoba resolvió en líneas generales: tres años de prisión condicional y tareas comunitarias para Parra y Pancello, mientras se concedió la absolución a Gabrielli.

    El caso
    El juicio por las fumigaciones ilegales en Ituzaingó Anexo comenzó el 11 de junio y fue el primero que puso en cuestión el impacto del uso de plaguicidas en la salud humana. La causa estuvo fuertemente impulsada por las Madres de Ituzaingó, quienes luchan hace 11 años por dar a conocer las enfermedades y muertes ocurridas en ese barrio de Córdoba debido a la contaminación.

    La condena obtenida hoy servirá de precedente para la próxima causa, la cual investigará el vínculo entre las fumigaciones y la presentación de enfermedades en habitantes de aquélla zona de la ciudad.

    http://www.comercioyjusticia.com.ar

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    Mensaje por GABY Miér Ago 22, 2012 12:19 am

    Dos condenas y una absolución en el juicio por el uso de agroquímicos en Córdoba

    La Cámara 1ª del Crimen de Córdoba impuso dos condenas de ejecución condicional y una absolución, en el marco del juicio que se seguía a tres imputados de contaminar mediante el uso de agroquímicos.

    El tribunal, por unanimidad y luego de más de nueve horas de deliberaciones, condenó a Jorge Parra, propietario de un campo cultivado con soja, próximo al barrio Ituzaingó Anexo, a tres años de prisión de ejecución condicional.
    A Parra lo encontraron autor del delito de contaminación ambiental penado por la Ley de Residuos Peligrosos (Nº 24051), en forma continuada, por un hecho ocurrido entre octubre de 2003 y febrero de 2004, y, por mayoría, por otro sucedido en 2008.

    Los camaristas también dispusieron que, durante cuatro años, Parra deberá cumplir como regla de conducta "diez horas semanales de trabajo no remunerado", a favor "del estado o de instituciones de bien público, vinculadas a la salud", al tiempo que quedó inhabilitado "durante ocho años para el ejercicio de la actividad de aplicación de productos agroquímicos".
    Asimismo, los vocales Lorenzo Rodríguez, Mario Capdevilla y Susana Cordi Moreno, por mayoría, condenaron al piloto Edgardo Jorge Pancello a tres años de ejecución condicional por considerarlo coautor del delito de contaminación ambiental por el hecho ocurrido en 2008.
    Los camaristas también resolvieron que, durante tres años, Pancello, que fue inhabilitado durante diez años "para el ejercicio de la actividad de aplicación de productos agroquímicos", deberá realizar trabajos comunitarios no remunerables durante ocho horas semanales, "a favor del estado o de una institución de bien público dedicada a la salud".
    Mientras tanto, el tribunal absolvió al productor Jorge Alberto Gabrielli, tal como había pedido el fiscal Marcelo Novillo Corbalán en el momento de efectuar sus alegatos por considerar que faltaban pruebas determinantes y por aplicación del principio de presunción de inocencia.
    Luego de la lectura de la parte resolutiva de la sentencia, cuyos fundamentos serán brindados el 4 de septiembre, el fiscal dijo a Télam: "quedo conforme en cuanto al encuadramiento: se comprobó que la fumigación, en las condiciones socioambientales en que se encontraba el barrio, puso en peligro la salud humana".
    Novillo Corbalán, quien destacó que "se cumplió el objetivo de mínimo", agregó que no recurrirá la sentencia, pese a que él había requerido cuatro años de prisión de cumplimiento efectivo para Parra y tres (también de forma efectiva) para Pancello.
    "Ocurre que, en forma subsidiaria y para el supuesto de que no se establecieran penas de cumplimiento efectivo, nosotros habíamos pedido la aplicación de reglas de conducta, tal como resolvió el tribunal", recalcó el fiscal.
    En cambio, Juan Manuel Aráoz, abogado de Parra, anticipó que, si bien hay que esperar a conocer los fundamentos del fallo, recurrirá la sentencia "teniendo en cuenta que se considera delito una actividad autorizada por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria y por otros organismos nacionales".
    Mientras tanto, el abogado de Pancello, Alejandro Pérez Moreno, subrayó que se sentía "vencido", tras lo cual señaló: "entiendo que no hay ningún argumento serio que destruya la presunción de inocencia de mi cliente".
    Antonio Martínez, abogado de la parte querellante, expresó que había que "entender a la gente que viene luchando desde hace 12 años" y que tal vez esperaba penas de ejecución condicional, no obstante lo cual destacó "el valor del precedente que se sentó".
    Una de las impulsoras de la causa, Sofía Gatica, vecina del barrio Ituzaingó Anexo, apenas conoció la sentencia dijo: "no tengo nada que decir", tras lo cual, junto a otras mujeres del barrio, gritó: "¿quién nos devuelve la salud a nuestros hijos?".
    Desde anoche, en las inmediaciones de Tribunales II, sede ubicada en el barrio Observatorio de la capital cordobesa, se congregaron vecinos del barrio Ituzaingó, así como militantes de organizaciones ambientalistas y políticas para esperar el fallo.
    Los hechos juzgados por el tribunal ocurrieron cuando la Municipalidad de la ciudad de Córdoba ya había declarado al grupo poblacional de barrio Ituzaingó Anexo en emergencia sanitaria, entre otras razones, por la presencia de productos agroquímicos contaminantes.
    Según la acusación, en las fumigaciones realizadas sobre los campos ubicados en la inmediaciones de barrio Ituzaingó se utilizó endosulfán y glifosato, en violación a la Ley de Agroquímicos de Córdoba N° 9164, que prohíbe la aplicación aérea de dichos productos agroquímicos en un radio menor a los 1.500 y 500 metros de distancia de las poblaciones urbanas, respectivamente

    http://www.telam.com.ar

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    Mensaje por GABY Miér Jun 06, 2012 3:18 am

    Desde el lunes próximo se sentarán en el banquillo los tres acusados de contaminación ambiental, por el uso de agroquímicos, en la zona del barrio Ituzaingó.

    Por primera vez en la historia de nuestro país, tres personas serán juzgadas por los delitos de contaminación ambiental, con la modalidad de empleo de agroquímicos en producciones agropecuarias. (Ver: Córdoba: primer juicio por fumigación http://www.cba24n.com.ar/content/primer-juicio-por-fumigaci%C3%B3n )

    Será el juicio en el que derivaron las denuncias realizadas por vecinos de barrio Ituzaingó, tras constatarse la existencia de casos cáncer en zonas urbanas que quedaban en el área de acción de agroquímicos usados para fumigar cultivos.

    Los acusados son dos productores agropecuarios (Jorge Alberto Gabrielli y Francisco Rafael Parra) y un aeroaplicador (Edgardo Pancello), a quienes se los acusa por dos hechos en que se habrían violado las restricciones para la aplicación de productos nocivos para la salud humana. Dichas restricciones están especialmente vinculadas a la distancia mínima respecto de zonas pobladas.

    El primero ocurrió en el año 2004, por la aplicación de Dihedrin y DDT en cultivos de dicho barrio del sur de la ciudad de Córdoba. El segundo se corroboró en 2008, por la aplicación de glifosato y endosulfan.

    En diálogo con Canal 10, el fiscal que instruyó la causa, Carlos Matheu, explicó que los tres acusados están imputados por los delitos de contaminación dolosa, figura que prevé una pena de 3 a 10 años de prisión.

    "La ley de residuos peligrosos sanciona a quien, utilizando los residuos que menciona la ley, contamina el suelo, el agua, el ambiente en general, de un modo peligroso para la salud de las personas", explicó Matheu.

    Por otra parte, el fiscal remarcó que lo que sanciona la ley no es el empleo de agroquímicos para la fumigación, sino la violación de las restricciones impuestas para los productos.

    Las audiencias se realizarán en los Tribunales de Córdoba, a partir del lunes próximo, luego de una serie de suspensiones.

    En el interín, los vecinos de la región y distintas entidades han manifestado sus expectativas por una sanción ejemplificadora, ante los crecientes casos. (Ver: Vecinos de Bº Ituzaingó esperan condenas http://www.cba24n.com.ar/content/vecinos-de-b%C2%BA-ituzaing%C3%B3-esperan-condenas )

    Además, en ese mismo plazo, se ha denunciado el incremento en las patologías registradas en zonas expuestas a la acción de las fumigaciones. (Ver: Agroquímicos: aumentan los casos de cáncer en pueblos fumigados y Alerta en San Marcos Sud por múltiples casos de cáncer http://www.cba24n.com.ar/content/expectativa-por-el-juicio-contra-el-uso-de-agroqu%C3%ADmicos-en-la-provincia )


    primer juicio por fumigaciones del país Georefencias-de-casos-2005


    primer juicio por fumigaciones del país GEOREFERENCIACI%C3%93N-DE-CASOS-2009

    ausa madre

    El juicio para estas tres personas se desprende de una denuncia presentada por la por la Fundación para la Defensa del Medio Ambiente (FUNAM) en 2002, por los casos de las fumigaciones propiamente dichas sobre los campos aledaños a barrio Ituzaingó.

    El pasado 18 de mayo, el propio fiscal Matheu imputó a los mencionados Gabrielli y Parra, por el delito de "contaminación dolosa continuada". (Ver: Nuevas imputaciones por fumigaciones en barrio Ituzaingó http://www.cba24n.com.ar/content/nuevas-imputaciones-por-fumigaciones-en-barrio-ituzaing%C3%B3 )

    Sólo 72 horas después, por la misma figura se decidió imputar también a Pancello. (Ver: Ituzaingó Anexo: un tercer acusado en la causa por contaminación http://www.cba24n.com.ar/content/ituzaing%C3%B3-anexo-un-tercer-acusado-en-la-causa-por-contaminaci%C3%B3n )
    http://www.cba24n.com.ar

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