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    Proyecto Ley de Ética Pública

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    Mensaje por GABY Dom Sep 09, 2012 2:12 am

    El senador de GEN-FAP Ricardo Vázquez autor del proyecto fundamentó los lineamientos de la propuesta que obliga presentar declaraciones juradas a todos los funcionarios públicos be la Provincia de Buenos Aires.

    El Senado de la provincia de Buenos Aires abrió el debate acerca del sentido ético que deberían tener los funcionarios públicos en la Provincia a través de un proyecto de ley presentado por el titular del bloque GEN-FAP, Ricardo Vázquez, y que cuenta con un fuerte respaldo del vicegobernador, Gabriel Mariotto.

    En ese contexto, el legislador resaltó la necesidad de contar con una normativa provincial que refleje la transparencia de los funcionarios “ya que cuando se habla de ética, hablamos de responsabilidad, imparcialidad, eficacia, respeto al ordenamiento y cumplimiento efectivo de los derechos fundamentales acorde al Estado que representa”.

    Explíquenos cuáles son las principales características de su propuesta.
    La norma estipula deberes, prohibiciones e incompatibilidades que se aplican a todos los funcionarios del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la provincia de Buenos Aires, a los órganos denominados extra-poder y a los Municipios, estableciendo deberes y pautas de comportamiento ético, y estableciendo además un régimen particular de declaraciones juradas.

    El vicegobernador Mariotto ha expresado un claro respaldo a su propuesta.
    Es muy gratificante que el titular del Senado nos haya recibido y nos apoye, esto sin dudas contribuirá positivamente para el pronto tratamiento del proyecto de ley y la rápida puesta en marcha de este mecanismo de transparencia pública.

    ¿Que es lo que se pretende con el impulso de este régimen de ética pública?
    Se intenta objetivar la moral de los funcionarios para que más allá de las propias convicciones existan pautas mínimas comunes que comprendan a todos sin excepción.

    ¿Como se vincula su proyecto al aprobado en Nación hace unos años?
    En 1999 se sancionó la ley 25.188 de Ética Pública en el orden nacional y en la Provincia el decreto-ley 9624/80, por lo que creemos necesario contar con una nueva ley más cercana en el tiempo, gestada por esta democracia y cuyos postulados estén en consonancia con las normas locales, nacionales y los tratados internacionales de los cuales Argentina es parte”.

    ¿Considera que la sanción de una normativa de este tipo oficiará como contención contra las prácticas de corrupción?
    Es relevante destacar que la corrupción constituye la negación misma de la ética pública porque contra dice la misma razón de ser del servicio público. Éticamente, la realidad de la corrupción contradice básicamente dos valores fundamentales de la sociedad: laverdad y la justicia.

    http://www.senado-ba.gov.ar

    Proyecto Ley de Ética Pública 3IM-201297-145930

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